miércoles, febrero 03, 2016

"21 días de vacaciones".


El trabajador gozará de un periodo mínimo y continuado de descanso anual remunerado; 21 días corridos cuando la antiguedad se mayor de 5 y menor de 10 años.
Y así fue...
21 días de vacaciones , ni uno más ni uno menos.


 Luna visible en el amanecer..







se nos viene la tormenta...




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